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Obesidad   Fundación para la Diabetes

Consumo prohibirá la venta de bebidas azucaradas y energéticas y la bollería industrial en colegios e institutos

Casi tres cuartas partes de las máquinas de ‘vending’ y cafeterías que hay en los centros educativos incumplen ahora los criterios nutricionales.

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 quiere reducir la tasa de obesidad y sobrepreso de los niños españoles, que supera el 36% y afecta sobre todo a las rentas más bajas, y una de las herramientas para hacerlo es el decreto sobre comedores escolares en el que está trabajando. Según ha podido saber EL PAÍS, la futura norma incluye medidas para prohibir la venta de productos azucarados, como la bollería industrial o bebidas refrescantes, así como las bebidas energéticas, en las máquinas de vending y cafeterías de los colegios e institutos. El texto todavía tiene que pasar por el Consejo de Estado y llegar luego al Consejo de Ministros con el apoyo de los ministerios de Educación y Agricultura, por lo que podría variar.

La legislación plantea restringir los productos que incumplan criterios nutricionales saludables, es decir, aquellos que superen un contenido máximo de cinco gramos de azúcares por porción envasada, o bien los que tengan altos contenidos en grasas o sal. También afecta a las bebidas energéticas, que los expertos en nutrición recomiendan que nunca tomen los menores de edad. Además, el decreto contempla prohibir que las máquinas expendedoras ofrezcan publicidad de cualquier tipo de producto insano, y propone regular que estas máquinas no se instalen en zonas a las que puedan acceder el alumnado de infantil y primaria. Por otro lado, exigirá a los comedores no exceder el número de frituras, usar únicamente los tipos de aceites recomendados para ellas, así como aumentar el consumo de frutas, verduras y hortalizas.

Esta nueva regulación está basada en los criterios establecidos por organismos sanitarios internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS) o la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA, por sus siglas en inglés) sobre los límites para la ingesta de grasas, azúcares y sal. Mientras, desde el propio ministerio que dirige Pablo Bustinduy ya advirtieron en febrero de la necesidad de actuar para garantizar el cumplimiento de estos criterios, sobre todo tras los resultados que arrojó el último informe del Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria, publicado por la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) y basado en inspecciones a más de 5.000 colegios en 14 comunidades.

Ese informe, publicado hace unas semanas, muestra que un tercio de los comedores escolares en España ofrecen demasiadas frituras y pocas verduras. El documento detalla que en los centros escolares de educación secundaria en los que hay máquinas vending, casi el 70% (68,8%) incumplen estos criterios nutricionales, mientras que en las cafeterías el incumplimiento es aún mayor: 74,4%. Además, la evolución del sector es preocupante: si en 2021 el cumplimiento superaba el 57%, en 2022 bajó al 37,5%, y en 2023 (última evaluación de la que hay datos) volvió a descender hasta situarse en el 31,9%. Es decir, estos criterios solo se cumplen en aproximadamente uno de cada tres centros de educación secundaria.

Si el decreto sale adelante tal y como está planteado, el valor energético por porción envasada o comercializada en estos dispositivos deberá ser de 200 kilocalorías como máximo, tal y como recomienda la OMS. El dato se relaciona con la recomendación de repartir la energía necesaria lo largo del día de esta manera: el 25% en el desayuno (o bien, el 15% si se trata de un desayuno ligero y se complementa con un 10% en el almuerzo de media mañana), el 35% en la comida del mediodía, el 10% en la merienda y el 30% restante en la cena. Por ello, y considerando que el alumnado de entre cuatro y 16 años tiene unas necesidades energéticas medias de 2.000 kilocalorías diarias, la oferta de almuerzo de media mañana y merienda no debería proporcionar más del 10% del total de la energía diaria; lo que se traduce en la limitación de 200 kilocalorías.